29/06/2020
PLAN PARA LA VIGILANCIA, PREVENCIÓN Y
CONTROL DEL COVID-19 EN EL TRABAJO
Servicios de outsourcing contable y financiero Asesoría Contable tributario y laboral.
29/06/2020
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CONTROL DEL COVID-19 EN EL TRABAJO
28/02/2020
Consumo de cines es observado por SUNAT
La Superintendencia Nacional de Administración Tributaria (Sunat) reporta observaciones en la deducción de algunos consumos de los contribuyentes, entre ellos los consumos en cines.
Esto se debería a que la Sunat tiene registradas a estas empresas como emisoras de boletas por dos actividades comerciales, según declaró Carlos Chirinos, Gerente de Orientación y Servicios de la Sunat al Diario Gestión.
Los cines emiten boletas tanto por consumo en restaurantes, por la venta de alimentos que existe en las salas de cine, así como por el uso de servicios de entretenimiento.
"Al momento que nos llegan las boletas, no se señala el producto o servicio que nos ha producido...La administración tributaria no sabe si es un servicio de entretenimiento o servicio de restaurante. Por eso lo observamos para que el contribuyente decida si es consumo por entradas al cine o por restaurante”, explica Chirinos.
Cabe precisar que el consumo en restaurantes o bares (es decir, la compra de snacks en el cine) es deducible, sin embargo, la compra de entradas de cine no es válido para reducir impuestos.
Para ratificar si el consumo fue por alimentos o por entradas el usuario deberá revisar el detalle de consumos al momento de hacer la declaración jurada. Si lo considera como deducible solo deberá añadir un check y será incluido dentro de los montos.
21/02/2020
Medios para declarar la Renta Anual 2019
07/05/2019
Trabajadores no necesitarán la constancia de cese para retirar fondos de la CTS El MTPE emitió un decreto supremo que ordena que el otorgamiento de la constancia de cese, a cargo del empleador, ahora está sujeto al silencio administrativo positivo
28/12/2018
Se usará el PDT 621 sin limitación. RS 300/2018 SUNAT
COMPROBANTES DE PAGO EMITIDOS DE MANERA IMPRESA
La autorización para la impresión de comprobantes de pago físicos se genera a través del Formulario Virtual 816 (1), utilizando la Clave SOL
Para solicitar la autorización de impresión de tus comprobantes de pago físicos (Formulario Virtual 816) sigue los siguientes pasos:
•Ingresa con tu Clave SOL, en la opción “Trámites y Consultas” del Portal de la SUNAT y registra el Formulario Virtual N°816. El sistema validará si cumples los requisitos y te solicitará identificar la imprenta a la cual encargarás la impresión de tus comprobantes.
•A la imprenta que selecciones, le comunicaremos tu solicitud de impresión a través del Buzón SOL.
•Cuando la imprenta acepte esta solicitud, el sistema generará el número de autorización y te la comunicaremos al Buzón SOL.
Condiciones para solicitar la autorización de impresión de tus comprobantes de pago físicos a partir del 02 de julio de 2018:
•Ser contribuyente con RUC ACTIVO y con domicilio fiscal HABIDO.
•Tener registrados los tributos correspondientes (régimen tributario) a los comprobantes de pago que requieras.
•Confirmar o actualizar tu número de teléfono celular y dirección de correo electrónico, los cuales serán validados con el código de verificación. Si no estás afecto a rentas de tercera categoría, debes haber comunicado en el RUC, tu número de celular o correo electrónico.
•Haber presentado las declaraciones pago correspondientes de los últimos seis meses vencidos.
•Haber generado el Registro de Ventas e Ingresos y Registro de Compras de manera electrónica de los últimos 12 meses inclusive si no ha tenido operaciones, siempre que se encuentre obligado.
•Haber presentado la Declaración Jurada Anual del Impuesto a la Renta por rentas de tercera categoría del último ejercicio vencido, de estar obligado.
19/11/2018
Nuevo RUS
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