02/09/2026
🔥Bonificación por edad avanzada (BEA)🔥
👀🚨Esta Bonificación es otorgada a los pensionistas de vejez y jubilación del Sistema Nacional de Pensiones del régimen del Decreto Ley Nº 19990 que cuenten con ochenta (80) o más años de edad.
🚨El pensionista que cuente con ochenta (80) años o más de edad, adquiere el derecho a percibir una bonificación mensual del 25% de su pensión. El cálculo de la BEA será sobre el monto de la pensión total que el beneficiario hubiere estado percibiendo en la fecha que cumpla ochenta (80) años de edad.
💥DETERMINACIÓN DE LA BONIFICACIÓN POR EDAD AVANZADA (BEA)💥
✅La BEA es el veinticinco por ciento (25%) de la pensión que percibe la/el pensionista en la fecha que cumpla ochenta (80) años de edad.
✅La Bonificación por Edad Avanzada (BEA) establecida para los pensionistas de vejez y jubilación del Decreto Ley Nº 19990, es pagada a razón de catorce (14) mensualidades durante el año, que incluye pagos adicionales en los meses de julio y diciembre.
✅La Bonificación por Edad Avanzada (BEA), no está afecta al tope de pensión máxima, toda vez que esta constituye un adicional a la pensión que ya se percibía.
✅La Bonificación por Edad Avanzada (BEA), no está afecta al descuento al aporte a ESSALUD, correspondiente al cuatro por ciento (4%) de la pensión, que establece la Ley N° 26790.
📖Fuente:
-📌 Ley 26769 “Ratifican otorgamiento de bonificación mensual a pensionistas del Sistema Nacional de Pensiones con 80 o más años de edad”
-📌 D.S N° 354-2020-MEF “Reglamento Unificado de las Normas Legales que Regulan el Sistema Nacional de Pensiones”
-📌ONP - Oficina de Normalización Previsional