Grupo Beica Estudio Contable

Grupo Beica Estudio Contable

Compartir

🤝 Un estudio contable de confianza.
🏬 Nos encargamos de la contabilidad de tu empresa.

13/02/2026

📊 ¿Problemas con SUNAT? En GRUPO BEICA te respaldamos

✔ Declaraciones PDT 621, PLAME y más
✔ Recupera percepciones pagadas en exceso
✔ Evita multas y fiscalizaciones
✔ Asesoría contable y tributaria permanente
✔ Fraccionamiento de deudas tributarias
✔ Acompañamiento real para tu negocio

👉 Tu contabilidad en manos expertas
📲 Escríbenos y recibe una asesoría inicial

12/02/2026

El Tribunal Fiscal, mediante la RTF N.° 09544-13-2024, ha reafirmado un criterio clave sobre la deducción de gastos de representación.

🍽️ Los consumos en restaurantes no acreditan automáticamente que se trate de gastos de representación deducibles para efectos del Impuesto a la Renta.

📌 Para que estos gastos sean aceptados por SUNAT, se debe demostrar:
✔️ La identificación de los beneficiarios (clientes o proveedores)
✔️ La vinculación directa con reuniones de negocio
✔️ Que el gasto tenga una finalidad empresarial, como representar a la empresa o fortalecer su posición en el mercado
✔️ La relación con el mantenimiento de la fuente productora

⚠️ En el caso analizado, al no acreditarse la causalidad ni la finalidad de representación, el Tribunal Fiscal confirmó el reparo al Impuesto a la Renta, declarando dichos gastos como no deducibles.

👨‍💼 En Grupo Beicay, te ayudamos a:
✅ Sustentar correctamente tus gastos de representación
✅ Implementar controles y documentación de respaldo
✅ Evitar reparos, multas y mayores impuestos

📩 Escríbenos por mensaje privado y recibe una orientación tributaria personalizada.

11/02/2026

📢 ¿Estás evaluando cambiarte al RER? Esto es lo que debes saber

Puedes migrar al Régimen Especial del Impuesto a la Renta (RER) si actualmente te encuentras en el NRUS, Régimen MYPE Tributario o Régimen General, siempre que cumplas con los requisitos establecidos por SUNAT.

✅ Requisitos principales:
✔️ No estar en causales que impidan el ingreso al RER
✔️ No superar los S/ 525,000 en ingresos o compras durante el año
✔️ Cumplir con el llevado de los libros contables exigidos

💻 El trámite es 100% online
Solo debes presentar tu declaración mensual y pago a través de SUNAT Operaciones en Línea, dentro del plazo de vencimiento:

📌 En enero, si provienes del Régimen General o MYPE Tributario
📌 En cualquier mes del año, si provienes del NRUS

🔄 El sistema realizará el cambio automáticamente, sin notificación, y podrás confirmarlo en tu Ficha RUC.

👨‍💼 Como contador tributarista, te ayudo a evaluar si el RER es realmente el régimen que le conviene a tu negocio y a realizar el cambio correctamente, evitando errores y contingencias.

📩 Escríbenos por mensaje privado y recibe una orientación tributaria personalizada.

09/02/2026

Emprender en un entorno cambiante exige decisión, adaptación y una gestión empresarial bien estructurada. Tomar riesgos no significa improvisar, sino respaldar cada paso con información clara y decisiones inteligentes.

En Grupo Beicay ayudamos a los emprendedores a asumir nuevos retos con seguridad:

📊 Organizamos y analizamos tu contabilidad
📚 Te guiamos en tus obligaciones tributarias
🚀 Te acompañamos para que tu negocio crezca con bases sólidas

Porque cuando cuentas con un soporte contable y tributario adecuado, los riesgos se transforman en oportunidades.

📩 Escríbenos y avancemos juntos en este camino de crecimiento.

23/01/2026

💡 Un emprendedor ve oportunidades donde otros solo ven problemas

Esta frase de Michael Ge**er resume la esencia del emprendimiento.

Emprender no es no tener problemas, es saber enfrentarlos con criterio, estrategia y visión.
Donde otros ven obstáculos, el emprendedor ve decisiones, aprendizaje y crecimiento.

👉 En GRUPO BEICA acompañamos a los emprendedores para que tomen decisiones financieras y tributarias con claridad y seguridad.

📲 Guarda esta reflexión y compártela con alguien que hoy esté apostando por su negocio.

22/01/2026

📌 Arrendamiento justo: solo pagas impuesto si cobras el alquiler (vigente desde 01/01/2026)

Con la Ley N.° 32430, vigente a partir del 01 de enero de 2026, se modificó el literal b) del artículo 57 de la Ley del Impuesto a la Renta, incorporando el criterio de lo percibido para las rentas de primera categoría.

🔎 ¿Qué cambia para los arrendadores?

👉 El pago a cuenta del Impuesto a la Renta por alquileres (artículo 84 de la LIR) solo se genera cuando el arrendador percibe efectivamente el ingreso.

❌ Si en un mes no se cobra el alquiler, no existe obligación de realizar el pago a cuenta, el cual se declara mediante el Formulario Virtual N.° 1683 – SUNAT.

🎯 Finalidad de la norma
La modificación busca reducir la carga tributaria de las personas naturales que alquilan inmuebles cuando el inquilino incumple con el pago.

📄 Sustento de la percepción
Para acreditar el cobro del alquiler, el contribuyente debe contar con documentos fehacientes, tales como:

Transferencias bancarias

Comprobantes de pago u otros medios válidos

⚠️ La falta de sustento puede generar observaciones por SUNAT.

📲 Guarda y comparte esta información si alquilas un inmueble o conoces a alguien que lo haga.

20/01/2026

📌 Nuevo RUS – Categoría Especial: paga S/ 0.00 y cumple con SUNAT

Si te dedicas a la venta de frutas, verduras, tubérculos o productos agrícolas, o eres productor agrícola que vende en estado natural, esta información es para ti 👇

👉 Puedes pertenecer a la Categoría Especial del Nuevo RUS, siempre que:

Tus ingresos anuales no superen S/ 60,000

Tus compras anuales no excedan S/ 60,000

Vendas en mercados de abastos o seas productor directo

💰 ¿Cuánto se paga?
➡️ Cuota mensual: S/ 0.00

📄 Obligación importante:
Debes presentar una declaración jurada informativa anual, indicando tus 5 principales proveedores, según SUNAT.

📝 ¿Cómo te inscribes?

Presentas el Formulario 2010

En cualquier Banco de la Nación

No realizas ningún pago

Te entregan una constancia, que debes conservar

⚠️ Recuerda:
Este formulario tiene carácter de declaración jurada y puede ser fiscalizado por SUNAT.

👉 En GRUPO BEICA te ayudamos a:
✔️ Evaluar si realmente calificas
✔️ Evitar errores que generen multas
✔️ Formalizarte sin pagar de más

📩 Escríbenos por inbox o WhatsApp y recibe una asesoría clara y honesta.
📲 Síguenos para más tips tributarios explicados fácil y sin rodeos.

17/01/2026

📌 Seguro de Vida Ley: obligación laboral que no puedes omitir

¿Sabías que el Seguro de Vida Ley es una obligación legal del empleador y no un beneficio opcional? ⚠️

Toda empresa que tenga trabajadores en planilla debe contratar el Seguro de Vida Ley desde el primer día de labores y registrarlo ante el MINTRA (Ministerio de Trabajo).

📄 Además, el empleador tiene la obligación de informar al trabajador sobre la contratación de este seguro, ya que protege a sus beneficiarios en casos de:

-Fallecimiento por causa natural
-Fallecimiento por accidente
-Invalidez total y permanente

👉 En GRUPO BEICA, ayudamos a las empresas a cumplir correctamente con todas sus obligaciones laborales, evitando sanciones y contingencias innecesarias.

📞 ¿Tienes dudas o quieres revisar si tu empresa cumple?
Escríbenos por mensaje directo y agenda una asesoría laboral.

📲 Síguenos en esta página para recibir información clara, actualizada y práctica sobre contabilidad, tributación y derecho laboral en el Perú.

09/01/2026

En Grupo Beica te ayudamos a cumplir correctamente con tus obligaciones tributarias, evitando errores, multas y contingencias que afectan tu negocio.

Nuestros servicios incluyen:
🔹 Declaraciones PDT 621, PLAME y otros
🔹 Devolución de percepciones y saldos a favor
🔹 Prevención de multas SUNAT
🔹 Asesoría contable y tributaria permanente
🔹 Fraccionamientos y aplazamientos de deudas
🔹 Soporte integral según tu tipo de negocio

📌 Enfócate en hacer crecer tu empresa, nosotros nos encargamos de tu contabilidad.

👉 Escríbenos ahora y recibe una primera orientación sin compromiso.

— Grupo Beica | Un Estudio Contable de Confianza

07/01/2026

⚠️ Proveedores SSCO: riesgo tributario para tu empresa

SUNAT califica como Sujeto Sin Capacidad Operativa (SSCO) a personas o empresas que no cuentan con recursos reales para realizar las operaciones por las que emiten comprobantes de pago.

📌 ¿Por qué es importante para tu empresa?
Si utilizas comprobantes emitidos por un SSCO:
❌ Pierdes el crédito fiscal del IGV
❌ No podrás sustentar costos ni gastos para Renta
📉 Riesgo de fiscalización SUNAT

🔎 La relación de SSCO es publicada por SUNAT y aplica a comprobantes emitidos desde el 20/03/2022.

📌 Verifica siempre a tus proveedores y evita contingencias tributarias.

07/01/2026

💼 Suspensión de Retenciones de Cuarta Categoría – Año 2026

Si eres trabajador independiente o percibes rentas de cuarta y/o quinta categoría, es importante que conozcas cuándo puedes solicitar la suspensión de retenciones del Impuesto a la Renta para el año 2026.

Este beneficio aplica siempre que tus ingresos proyectados no superen los límites establecidos por SUNAT:
✔️ Hasta S/ 4,010 mensuales o S/ 48,125 anuales
✔️ Para directores de empresa, síndicos y cargos similares: S/ 3,208 mensuales o S/ 38,500 anuales

La solicitud se realiza de manera virtual a través de SUNAT Operaciones en Línea, usando el Formulario 1609, y la suspensión tendrá vigencia hasta el 31 de diciembre de 2026, siempre que se cumplan los requisitos legales.

⚠️ Recuerda que si durante el año superas los montos permitidos, deberás reiniciar las retenciones y cumplir con tus declaraciones mensuales.

📌 En Grupo Beica te ayudamos a evaluar tu caso y a cumplir correctamente con tus obligaciones tributarias.

¿Quieres que tu empresa sea el Contable mas cotizado en San Juan de Lurigancho?

Haga clic aquí para reclamar su Entrada Patrocinada.

Localización

Categoría

Dirección


Avenida Los Postes Oeste 285
San Juan De Lurigancho
15434

Horario de Apertura

Lunes 09:00 - 18:00
Martes 09:00 - 18:00
Miércoles 09:00 - 18:00
Jueves 09:00 - 18:00
Viernes 09:00 - 18:00
Sábado 09:00 - 13:00