18/04/2026
📢 ¡Atención! | Plazos para la declaración y pago, y la generación de tus registros electrónicos 🗓, según el último dígito de tu número de RUC 🧑💻✅.
🖱️ https://acortar.link/UaMaJf
🖱️ https://cpe.sunat.gob.pe/cronograma-2026
26/09/2025
📣 Infórmate con nuestro ⤵️.
🖥️ Detalles aquí ➡️ https://cpe.sunat.gob.pe/node/131
23/09/2025
Somos un estudio contable que apoya a emprendedores y empresas con su contabilidad y tributos. Nos enfocamos en qué tengas tus cuentas claras y tú negocio tranquilo.
20/09/2025
👩⚕️👨🏫 Cumple con presentar tu declaración del Impuesto a la Renta de Cuarta Categoría de acuerdo al cronograma de vencimientos de la según el último dígito de tu .
💡💡 ¡Realízalo a tiempo y evita inconvenientes! 💡💡
🖱️ https://personas.sunat.gob.pe/trabajador-independiente/declaracion-pago
25/03/2025
🗓️ Presenta la Declaración Anual del Impuesto a la - Empresas 🏬.
🏢🏪 Si en el 2️⃣0️⃣2️⃣4️⃣ estuviste en el Régimen General o MYPE Tributario, tu plazo máximo para presentar tu declaración según el último dígito de tu es ⤵️
🖱️ Detalles en nuestra web especializada ➡️ https://acortar.link/663vF1
📢 ¡Hazlo ya!
05/03/2025
💡 Contribuyentes que deben llevar los registros electrónicos ⤵.
¡Importante!
✅ Relación de Contribuyentes que se encuentran en el Anexo 7 de la R.S. N° 112-2021/SUNAT ➡️https://www.sunat.gob.pe/legislacion/superin/2021/112-2021.pdf
🎥 Videos instructivos para generar tus registros electrónicos en ➡️ https://cpe.sunat.gob.pe/node/148
09/01/2025
📣
🗓️ Sobre el Cronograma de vencimientos mensuales de las obligaciones tributarias 2️⃣0️⃣2️⃣5️⃣.
➡️ https://www.gob.pe/institucion/sunat/informes-publicaciones/3817927-cronograma-de-obligaciones-mensuales-2025
07/01/2025
📰 Trabajadores independientes con rentas de cuarta categoría y con ingresos mensuales de hasta S/3901 podrán suspender pago de Impuesto a la Renta durante el 2025.
La solicitud de es un trámite 100 % virtual.
07/01/2025
Se mantiene la tasa del 8% del hasta el #2026 para las micro y pequeñas empresas ⤵️. 💡 Con la finalidad de apoyar la reactivación económica de estos sectores.
📍 Importante: El Impuesto de Promoción Municipal (IPM) se mantiene con la tasa del 2%, que sumado al IGV, sería el 10%.