Contador GDL

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▪️𝐅𝐢𝐧𝐚𝐧𝐳𝐚𝐬 & 𝐈𝐦𝐩𝐮𝐞𝐬𝐭𝐨𝐬 𝐩𝐚𝐫𝐚 𝐞𝐦𝐩𝐫𝐞𝐧𝐝𝐞𝐝𝐨𝐫𝐞𝐬.
▪️𝐀𝐬𝐞𝐬𝐨𝐫𝐢𝐚 𝐅𝐢𝐬𝐜𝐚𝐥 & 𝐂𝐨𝐧𝐭𝐚𝐛𝐥𝐞.

10/05/2026

🌸“Con mucho cariño saludamos a todas nuestras trabajadoras que diariamente cumplen con su responsabilidades en la compañía y luego se retiran a casa para compartir momentos hermosos al lado de sus hijos y sus familias.🌻
¡Dios las bendiga a todas..”

Photos from Contador GDL's post 06/05/2026

¿Cómo entender al SAT ? 🤔
Que son los Impuestos y porque pagar?

A continuación te explico brevemente sobre los principales tipos de Impuestos y el SAT.

05/05/2026

✍🏻PARA QUIEN ME PREGUNTA SOBRE SUS DECLARACIONES ANUALES Y SUS SALDOS A FAVOR RECHAZADOS.
NO SE DESANIMEN AUN PUEDEN RECUPERAR SU SALDO DE MANERA MANUAL (EL TRAMITE TARDA MAS PERO ES SEGURO)

💾INDISPENSABLE TENER FIRMA ELECTRONICA DE LO CONTRARIO NO PODRAS SOLICITAR LA DEVOLUCION DE MANERA MANUAL.

📑Tener el PDF de tu declaración Anual enviada.

📑Caratula de Estado de cuenta bancario (Reciente, la 1era hoja donde viene tu cuenta clabe)

👉SE INGRESA EN EL PORTAL DEL SAT Y SE MANDA UNA SOLICITUD DE DEVOLUCION DE IMPUESTOS ADJUNTANDO LA DECLARACION ANUAL, LA CARATULA DE ESTADO DE CUENTA BANCARIO ASI COMO LA INFORMACION ADICIONAL QUE TE HAYA SOLICITADO EL SAT MOTIVO DE RECHAZO. SE REQUIERE LA FIRMA ELECTRONICA PARA ENVIARLA.

04/05/2026
Photos from Contador GDL's post 03/05/2026

📓Las personas trabajadoras que tengan más de un año de servicios disfrutarán de un periodo anual de vacaciones pagadas, que en ningún caso podrá ser inferior a 12 días laborables, y que aumentará en dos días laborables, hasta llegar a 20, por cada año subsecuente de servicios; a partir del sexto año el periodo de vacaciones aumentará en dos días por cada cinco de servicios

🗓️Las modificaciones serán aplicables a los contratos individuales o colectivos de trabajo vigentes a la fecha de su entrada en vigor, cualquiera que sea su forma o denominación, siempre que resulten más favorables a los derechos de las personas trabajadoras

El decreto entra en vigor el 1 de enero de 2023

02/05/2026

📌¿Cuáles son los derechos del empleado ante un despido injustificado?

⬇️En caso de que un empleado sea despedido injustificadamente, el patrón tiene la obligación de entregarle una indemnización constitucional que corresponde a 3 meses de salario más una prima de antigüedad, según corresponda. La prima de antigüedad es igual 12 días de salario por cada año de servicio. En caso de que el salario diario del trabajador exceda al doble del salario mínimo, esta prima deberá pagarse sobre una base topada de dos veces el salario mínimo.

📝El trabajador también tendrá derecho al pago de la parte proporcional de aguinaldo, vacaciones y prima vacacional que haya generado hasta el momento del despido. Así como al pago de las prestaciones que por encima de la ley le haya otorgado el patrón, como fondo de ahorro, pago de bonos proporcionales, etcétera.

📝La Ley Federal del Trabajo también contempla el pago de 20 días de salario por año trabajado como indemnización en caso de que el trabajador demande ante la autoridad laboral la reinstalación a su trabajo, obtenga sentencia a su favor y a pesar de ello el patrón se niegue a reinstalarlo, por lo que entonces deberá cubrir los veinte días por año a los que hacemos referencia a cambio de no reincorporarse a su trabajo (Arts. 49 y 50 de la LFT).

30/04/2026

📌Lo que te toca si renuncias voluntariamente

La Ley Federal del Trabajo dice que la empresa (a la que renuncias) debe entregarte:

1- El aguinaldo (lo equivalente a 15 días). Proporcional

2- Las vacaciones (pendientes ). Proporcional

3- Prima vacacional (ese dinero extra que reciben todos los trabajadores para disfrutar de sus vacaciones equivalente al 25%).

4- Prima de antigüedad (ojo, debes tener como mínimo 15 años de antigüedad)

5- Las prestaciones que están vigentes en tu contrato.

Photos from Contador GDL's post 29/04/2026

➡️Constancia de Situación Fiscal
del SAT
¿Qué es?
📋La constancia de situación fiscal es el documento por el cual la persona física o moral puede conocer el estatus que tienen ante el SAT.
🗒Es un documento que contiene información clave de los contribuyentes, con la cual se puede identificar y validar su actividad económica.

📖¿Qué contiene?
Este documento se encuentra la siguiente información como:
Nombre completo, denominación o razón social
Registro Federal de Contribuyentes
La fecha de alta de tu empresa o persona ante Hacienda
Domicilio fiscal
La actividad económica con la que te registraste ante el SAT
Régimen fiscal
Obligaciones fiscales
En el caso de las personas físicas, indica la fecha de inscripción en el Registro Federal de Contribuyentes, mientras que, en el de las personas morales, indica la fecha en que la empresa se dio de alta.

📌¿Por qué la empresa me está solicitando mi Constancia de Situación Fiscal?
Si el área de Recursos Humanos ya te solicitó tu Constancia de Situación Fiscal, esto se deba que a partir del 1° de enero de 2022, entró en vigor la versión 4.0 del Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI), por lo que ahora es obligatorio la emisión de facturas electrónicas o recibos de nómina en el sistema como Facturación Electrónica 4.0.

Dicha versión requiere que se incorporen a los comprobantes de nómina los siguientes datos: RFC, nombre, régimen fiscal y código postal del domicilio fiscal de quien recibe el comprobante.
Es por esto que deberás tramitar tu constancia ante el SAT para que la empresa pueda incluir estos datos en tu CFDI de nómina. Es muy importante que los datos del CFDI y de constancia coincida.
Pesé a que esta nueva versión está vigente desde inicio del año, será hasta el 1 de julio que su uso y emisión será obligatoria; así que todavía estás a tiempo de tramitar tu Constancia de Situación Fiscal.

Photos from Contador GDL's post 27/04/2026

📌 📱La e.firma es el conjunto de archivos digitales que el SAT (Servicio de Administración Tributaria) te otorga para poder realizar distintos trámites y servicios de manera remota. Esta tiene o representa el mismo valor que tu firma autógrafa, ya que los elementos que la conforman son para garantizar tu identidad. Con ella puedes realizar desde tu computadora, entrando al portal del SAT, distintos trámites como tu declaración, cambio de domicilio, hacer solicitudes de saldos a favor, etcétera.

🖥¿Cómo obtienes la e.firma por primera vez?

Lo que necesitas para poder tramitar y obtener tu e.firma es agendar una cita en cualquier oficina del Servicio de Administración Tributaria y llevar lo siguiente:

👤Persona Física:
Identificación oficial
Comprobante de domicilio fiscal
CURP
Memoria USB
Correo electrónico


🏭Persona Moral:
Identificación oficial
Acta Constitutiva
Comprobante del domicilio fiscal
Poder general para actos de dominio o administración
Memoria USB
Correo electrónico
El Representante Legal deberá contar con e.firma vigente como persona física
Una vez que entregas tu documentación, pasas al área en donde toman tus datos biométricos (registro de pupila, huella dactilar y firma autógrafa), que son los que garantizan tu identidad.

Seguido de esto te entregan los archivos digitales que conforman tu e.firma, en la memoria USB:

Clave privada (.key)
Requerimiento (.req)

🔑¿Cómo se utiliza?

Para poder utilizar tu e.firma únicamente necesitas adjuntar ambos archivos desde tu usb al portal del SAT en el momento en que te lo solicitan. Por ejemplo, para un cambio de domicilio, te la solicitan al final de que pusiste la nueva dirección, entonces debes buscar los archivos en tu computadora y adjuntarlos en el portal.

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