07/08/2026
¿Tienes un adeudo fiscal? El Programa de Regularización Fiscal 2026 puede disminuir hasta el 100% de multas, recargos y gastos de ejecución, pero eso no significa que cualquier deuda desaparezca: el estímulo no exime del pago de la contribución, el aprovechamiento o la cuota compensatoria actualizada.
Aplica a personas físicas y morales cuyos ingresos totales de 2024 no hayan excedido $300 millones de pesos, sobre adeudos del ejercicio 2024 y anteriores. Antes de solicitarlo, conviene revisar:
- Que tus ingresos totales de 2024 no hayan excedido $300 millones de pesos.
- Que el adeudo corresponda a alguno de los supuestos que contempla el programa: un crédito fiscal firme, un adeudo autodeterminado ya controlado por el SAT o, si estás sujeto a facultades de comprobación, que subsanes las irregularidades y te autocorrijas a más tardar el 31 de diciembre de 2026.
- Que no se actualice alguna causa de exclusión: haber recibido ciertas condonaciones previas, estar en los listados definitivos de los artículos 69-B o 69-B Bis del CFF, tener sentencia firme por delito fiscal, o haber aplicado ya el estímulo del Trigésimo Cuarto Transitorio de la LIF 2025, entre otras.
- Si tienes un medio de defensa pendiente, que te desistas de él y exhibas el acuse correspondiente: sin eso no puedes acceder al programa.
- Cumplir el procedimiento y los plazos: la solicitud se presenta hasta el 31 de octubre de 2026, y el pago o la autocorrección deben quedar cubiertos a más tardar el 31 de diciembre de 2026.
Un dato que suele pasarse por alto: cuando el crédito firme está integrado exclusivamente por multas derivadas de obligaciones distintas al pago, el estímulo aplicable es del 90%, no del 100%.
Antes de pagar o desistirte de algún medio de defensa, conviene revisar el expediente completo. La procedencia y el porcentaje exacto del beneficio no deben asumirse por una publicación general.
¿Tienes un adeudo y no sabes si entra al programa? Podemos revisar tu situación antes de iniciar el trámite.