23/01/2026
Si bien es cierto NO es obligatoria, en la práctica se entiende su solicitud por parte de los emisores de CFDI, ya que muchas veces el cliente entrega información incompleta y/o incorrecta.
Aquí lo que debe prevalecer es una comunicación mas estrecha entre CLIENTE-PROVEEDOR para cumplir correctamente con la obligación de la emisión del CFDI.
Por otro lado, en los casos de la NÓMINA, sigue siendo indispensable contar con la constancia ya que muchas veces el trabajador desconoce totalmente la información fiscal que tiene registrada y en consecuencia es necesario que se acerque al SAT para tramitarla y posteriormente dársela al patrón, pero bueno, es una realidad que NO es obligación y que no se puede poner ese "PRETEXTO" para no entregar el respectivo CFDI.