22/09/2026
Ejercicio fiscal 2027 | Análisis de propuestas
El Ejecutivo Federal presentó el Paquete Económico 2027 el 8 de septiembre de 2026. La iniciativa incluye modificaciones relevantes a la Ley del Impuesto sobre la Renta (LISR) y a la Ley de Ingresos de la Federación (LIF).
MTZ IMPULSORES DE NEGOCIOS
Para las empresas con ingresos acumulables superiores a $50 millones, destaca una propuesta de control a las deducciones autorizadas y al aprovechamiento de pérdidas fiscales, además de cambios en intereses, pagos al extranjero, anticipos y atributos fiscales.
El análisis siguiente se basa en las propuestas presentadas, no en disposiciones que deban considerarse automáticamente vigentes. (ppef.hacienda.gob.mx)
1. Principales reformas propuestas que afectan a las empresas de más de $50 millones
Tema Propuesta para 2027 Posible efecto para la empresa
Deducciones autorizadas Limitar el monto de deducciones que pueden disminuirse en el ejercicio Incremento de la base gravable de ISR
Pérdidas fiscales Limitar su aplicación al 50% de la utilidad fiscal Mayor ISR a cargo en ejercicios con pérdidas pendientes
Intereses netos Reducir el límite de deducción de 30% a 20% de la utilidad fiscal ajustada Menor deducción de intereses financieros
Pagos al extranjero Vincular la deducción al pago de la contraprestación y entero de la retención Diferimiento de deducciones y mayor control de retenciones
Anticipos por servicios y arrendamientos Deducirlos cuando se preste el servicio o transcurra el periodo de uso del bien Diferimiento de deducciones
CUFIN Ajustar la determinación de la utilidad fiscal neta con partidas que no cumplen requisitos de deducción Posible disminución de la CUFIN
CUCA y costo fiscal de acciones Modificar el tratamiento de determinadas capitalizaciones de pasivos y aportaciones en especie Cambios en el cálculo de reembolsos y costo fiscal de acciones
Régimen opcional para grupos Eliminar el régimen Aceleración del entero del ISR diferido
RESICO de personas morales Elevar el límite de ingresos de $35 a $50 millones y modificar su carácter a opcional Posible acceso al régimen para empresas que cumplan requisitos
Estas modificaciones se encuentran descritas en el análisis de la iniciativa fiscal 2027 publicado por KPMG México.
2. Reforma de mayor impacto: limitación de deducciones fiscales
Propuesta de control general de deducciones
La iniciativa plantea un mecanismo para personas morales residentes en México cuyos ingresos acumulables excedan de $50 millones.
La propuesta contempla dos escenarios:
Proporción de deducciones autorizadas respecto de ingresos acumulables Deducción aplicable propuesta
Deducciones menores o iguales a 96.67% de los ingresos 99% de las deducciones autorizadas
Deducciones superiores a 96.67% de los ingresos Hasta 96.67% de los ingresos acumulables
Las deducciones que no puedan aplicarse por esta limitación podrían utilizarse en los 20 ejercicios siguientes, conforme a las condiciones de la iniciativa.
La propuesta también establece que las deducciones pendientes únicamente podrían ser aplicadas por el contribuyente que las originó, sin transmisión a terceros, incluso en casos de fusión o escisión.
Ejemplo práctico
Supongamos una persona moral con los siguientes datos:
Concepto Importe
Ingresos acumulables $100,000,000
Deducciones autorizadas $95,000,000
Deducciones aplicables al 99% $94,050,000
Base fiscal antes de pérdidas $5,950,000
Bajo la propuesta, aun cuando la empresa tenga $95 millones de deducciones autorizadas, solo podría aplicar $94.05 millones en el ejercicio.
Diferencia de deducciones no aplicadas: $950,000.
Con una tasa de ISR de 30%, el efecto ilustrativo en el impuesto del ejercicio sería de $285,000 adicionales, antes de considerar otros conceptos fiscales.
El importe no deducido no debe tratarse automáticamente como una pérdida fiscal: la iniciativa propone un mecanismo específico para su aplicación posterior.
3. Limitación al aprovechamiento de pérdidas fiscales
La iniciativa propone que las pérdidas fiscales de ejercicios anteriores solo puedan disminuirse hasta por el 50% de la utilidad fiscal del ejercicio.
El saldo pendiente conservaría la posibilidad de aplicarse dentro del plazo de 20 ejercicios siguientes al de su generación, conforme a las reglas propuestas.
Ejemplo
Concepto Importe
Utilidad fiscal del ejercicio $10,000,000
Pérdidas fiscales pendientes $8,000,000
Límite propuesto de aplicación (50%) $5,000,000
Utilidad fiscal después de pérdidas $5,000,000
ISR al 30% $1,500,000
Pérdida fiscal pendiente $3,000,000
En este escenario, aunque la empresa tenga pérdidas fiscales suficientes para absorber la totalidad de su utilidad, la propuesta restringiría su aplicación a $5 millones.