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Contamos con auditores y abogados, expertos en Derecho Tributario.
FPL & Asociados
Servicios Profesionales de Abogacía, Notariado, Auditoria y Contabilidad
Somos un grupo de profesionales conformado por Contadores Públicos y Auditores, Abogados y Notarios y Administradores de Empresas, con más de 20 años de experiencia profesional en la iniciativa privada y en la Superintendencia de Administración Tributaria SAT, lo que nos permite prestar servicios en el área Financiera, Tributaria, Legal y Empresarial, así como el trámite de devoluciones de Crédito
06/05/2017
ATENCIÓN!!!!!!!!
EXONERACIÓN DE MULTAS, mora, intereses o recargos!!!!!!
El Acuerdo Gubernativo Número 82-2017, del Ministerio de Finanzas Públicas, tendrá efecto desde el próximo 20 de mayo y durará tres meses.
En el artículo 1, establece: “…los contribuyentes o responsables, que hayan incurrido en infracciones tributarias, actos u omisiones que impliquen violación o incumplimiento de normas tributarias sustantivas o formales previstas en el Código Tributario o leyes tributarias específicas, por los períodos impositivos terminados antes del 1 de enero de 2017, siempre que paguen el cien por ciento (100%) de los impuestos que se adeuden…”
El porcentaje de multas, mora, intereses o recargos, si el pago de impuesto se realiza durante el primer mes de vigencia del Acuerdo Gubernativo, indicado anteriormente, le corresponde la exoneración del cien por ciento (100%); si se realiza en el segundo mes, el noventa y cinco por ciento (95%) y el noventa por ciento (90%) si lo realiza en el tercer mes.
También aplicará a quienes soliciten facilidades de pago, ante la Superintendencia de Administración Tributaria (SAT).
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Para más información comunícate a nuestro correo [email protected] o a nuestro teléfono 2308-5788, será un gusto atenderte.
25/01/2017
¡OJO! Sustitución del NIT por el CUI
En el 2017 se debe sustituir el Número de Identificación Tributaria –NIT-, por el Código Único de Identificación de la persona -CUI-
De conformidad con lo establecido en el artículo 61 del Decreto Número 90-2005, del Congreso de la República, las dependencias del Estado deben adoptar como número de identificación, el Código Único de Identificación CUI; entre otras instituciones que deben realizar el cambio están: El Instituto Guatemalteco de Seguridad Social, la Universidad de San Carlos, el Tribunal Supremo Electoral, pero de las que tendrá mayor impacto para los contribuyentes, es la Superintendencia de Administración Tributaria SAT, quien debe sustituir el Número de Identificación Tributaria NIT, por el Código Único de Identificación, a los contribuyentes registrados como personas individuales.
Por lo que debemos estar atentos a los cambios que realice la Superintendencia de Administración Tributaria, para no tener inconvenientes en el cumplimiento de nuestras obligaciones tributarias.
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23/01/2017
En FPL & Asociados tenesmos una oportunidad para ti y para tu empresa.
Estaremos impartiendo Capacitaciones totalmente personalizadas y en tus instalaciones con el tema: Cierre Fiscal del ISR y El Secreto Bancario.
La capacitación está estructurada de la siguiente manera:
Cierre Fiscal del ISR
• Categorías de Renta
• Rentas de Actividades Lucrativas
Régimen de Rentas sobre Utilidades de Actividades Lucrativas
Renta Bruta
Renta Neta
Renta Imponible
Costos y Gastos Deducibles
Costos y Gastos no Deducibles
Costos y Gastos de Rentas Exentas
Pagos Trimestrales del ISR
Acreditamiento del ISO en la declaración anual del ISR
Otros Acreditamientos
Determinación de la Renta Imponible
El Secreto Bancario
• Acceso a la Información Bancaria
• Implicaciones Legales
• Implicaciones Contables
Si estas interesado en esta capacitación como también en cualquier tema Financiero, Tributario y Legal comunícate con nosotros por medio de Inbox, correo electrónico: [email protected] o llámanos al teléfono 2308-5788, estaremos felices de poder ayudarte.
FPL & Asociados Servicios Profesionales de Abogacía, Notariado, Auditoria y Contabilidad
23/01/2017
Información de Interes:
SALARIO MÍNIMO 2017
El salario mínimo fijado para el 2017, según Acuerdo Gubernativo 288-2016 es de Q86.90 diarios para actividades agrícolas y no agrícolas, más la bonificación incentivo. Para actividades de exportación y maquila el salario mínimo será de Q79.48 diarios, más la bonificación incentivo.
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13/01/2017
INFORMACION URGENTE!
Te informamos que el viernes 13 de enero, vence el plazo para presentar la planilla del IVA acreditable al ISR para empleados en relación de dependencia.
También recuerda que el lunes 16 de enero, vence el plazo para presentar la Declaración Jurada del Impuesto sobre la Renta correspondiente al mes de diciembre de 2016, para los contribuyentes inscritos en el Régimen Opcional Simplificado Sobre Ingresos de Actividades Lucrativas.
Si tienes dudas con relación a este procedimiento o con cualquier tema tributario y/o legal, puedes llamarnos al teléfono 23085788 o escribirnos al correo [email protected]
11/01/2017
TIP TRIBUTARIO
Los Plazos en Aspectos Tributarios:
• Se consideran inhábiles tanto los días declarados como asuetos y que se declaren feriados legalmente, como aquellos en los cuales la Administración Tributaria no hubiere prestado servicio al público.
• Se entiende por día, las horas hábiles de trabajo en la Administración Tributaria.
• En los plazos que se computan por días, se tomarán en cuenta únicamente los días hábiles.
• En todos los casos, los plazos que vencieren en día inhábil por cualquier causa, se entienden prorrogados hasta el primer día hábil inmediato siguiente
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09/12/2016
Tip Tributario:
El Procedimiento Administrativo Tributario
El Procedimiento Administrativo Tributario, lo constituye la serie de pasos o etapas por medio de las cuales la Administración Tributaria (SAT) y el contribuyente (cualquier persona obligada al pago de impuestos según la ley) ejercen cada uno sus facultades, derechos u obligaciones para el cumplimiento de las diferentes normas tributarias vigentes en Guatemala.
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29/11/2016
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¡Mañana! miércoles 30 de noviembre es el último día para presentar la declaración jurada y pago mensual del Impuesto al Valor Agregado (IVA), para contribuyentes que realizan operaciones locales y de exportación.
Declaración y recibo de pago mensual sobre ventas efectuadas durante octubre de 2016.
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21/11/2016
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¡Mañana! 22 de noviembre vence el plazo para presentar la Declaración Jurada y pago de Retenciones del IVA, efectuadas durante octubre del 2016. Para exportadores que efectuaron retenciones.
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16/11/2016
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El viernes 18 de noviembre de 2016, vence el pago de Impuesto a la Distribución del Petróleo Crudo y Combustibles Derivados del Petróleo; Declaración jurada y pago semanal sobre ventas efectuadas del 7 al 13 de noviembre de 2016.
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05/09/2016
Recientemente profesionales de Flores, Pernilla, Lara & Asociados, realizaron una conferencia, relacionada con temas Tributarios a los alumnos de la Facultad de Ciencias Económicas de Occidente de la USAC, todo un éxito, más de mil participantes.
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