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01/04/2016
Una noticia muy esperada.
Presidente evalúa exonerar de multas a contribuyentes morosos El presidente Jimmy Morales evalúa la posibilidad de exonerar del pago de multas a los contribuyentes morosos por medio de una amnistía fiscal que de como resultado "la recuperación total" de la Superintendencia de Administración Tributaria (SAT).
08/12/2015
¿Posee problemas con el cálculo de impuestos, presentación de planilla?
¿Se encuentra su contabilidad al día?
Escribanos, será un gusto atenderle.
24/09/2015
La evasión tributaria es un delito.
Permitanos asesorarle.
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MP logra que sindicado pague Q1 millón 357 mil defraudado
Esta tarde, el juez determinó suspenderle condicionalmente la pena a Estuardo Roberto Orantes Duncan, luego que éste efectuó el pago de impuestos por el que era procesado por el delito de defraudación tributaria, por el monto de Q1 millón 357, 937.23.
Según las investigaciones de la Fiscalía contra Delitos Económicos del Ministerio Público –MP–, Orantes defraudó al Estado de Guatemala, al no cancelar los impuestos como representante legal de la entidad Carpet World Int, S.A.
La audiencia se efectuó en el Juzgado Cuarto de Primera Instancia Penal con el número de causa 1069-2014-00424.
Asimismo, la judicatura con regla de abstención le impuso recibir dos cursos de cultura tributaria y que done la cantidad de Q1 mil quetzales a una entidad benéfica.
Guatemala, 08 de septiembre de 2015.
23/09/2015
Una de muchas razones para tener al día y en orden su papelería e impuestos.
Contáctenos: [email protected]
Judicatura suspende la pena por un año por resistencia a fiscalización
La Fiscalía de Sección contra Delitos Económicos del Ministerio Público –MP- logró ante el Juzgado Quinto de Primera Instancia Penal que Luz Aide Morales, fuera condenada a un año de prisión por cometer el delito de resistencia a la acción fiscalizadora de la Superintendencia de Administración Tributaria –SAT-.
Según la investigación, Aide Morales no presentó la documentación contable requerida por la SAT, de fecha 18 de agosto de 2005.
Además, la judicatura el impuso a la procesada que pague una multa de Q22 mil 462.45 quetzales.
Dentro de la causa 2006-10252 y MP001-2006-37177 el juzgado dictó la condena este martes por la vía del procedimiento abreviado.
Guatemala, 23 de septiembre de 2015.
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Referencia del tipo de cambio para hoy 22 de septiembre 2015: Q. 7.64695 por US$1.00 según publicación del Banco de Guatemala
22/09/2015
El Ministerio de Energía y Minas publica los precios de referencia para los combustibles. Sigue la baja en el precio por galón.
13/09/2015
Renovación de imagen y preparados para brindarle servicio de alta calidad. Contáctenos Tel. (502) 3428-4549
20/04/2015
Es importante estar informado de las obligaciones que se han adquirido, ¿Necesitas ayuda?
Contactanos, será un gusto atenderte!
¿CUÁLES SON LAS OBLIGACIONES DEL RÉGIMEN DE PEQUEÑO CONTRIBUYENTE? Para efectos tributarios debe llevar un libro de compras y ventas habilitado por la SAT en el que debe registrar sus ventas y servicios prestados, los cuales puede consolidar diariamente en un solo renglón y podrá llevarlo de forma física o electrónica.
Emitir facturas por todas sus ventas o prestación de servicios mayores de 50 quetzales. Cuando se trate de ventas menores a 50 quetzales puede consolidar el monto de las mismas en una sola que debe emitir al final del día y conservar original y copia.
Exigir facturas en la adquisición de bienes y servicios.
Los contribuyentes inscritos en este régimen quedan relevados del pago y prestación de la declaración anual, trimestral o mensual del Impuesto Sobre la Renta o de cualquier otro tributo acreditable al mismo.
20/04/2015
Atención!!! se debe tener el correcto control de los ingresos.
Contactanos será un gusto atenderte.
¿PEQUEÑO CONTRIBUYENTE O RÉGIMEN GENERAL? El pequeño contribuyente es la persona individual o jurídica cuyos ingresos no superen la suma de 150 mil quetzales durante un año calendario. Se puede permanecer en ese régimen siempre que los ingresos no excedan de 150 mil quetzales durante el año calendario anterior. Al superar la suma deberá solicitar su inscripción al Régimen General, de lo contrario la SAT lo podrá inscribir de oficio en el Régimen General, dándole aviso de las nuevas obligaciones y del período mensual a partir del cual inicia en el nuevo régimen.
20/04/2015
¿EXISTE RETENCIÓN PARA LOS PEQUEÑOS CONTRIBUYENTES? La retención del IVA tiene carácter de pago definitivo y se calcula aplicando al total de los ingresos consignados en la factura de pequeño contribuyente la tarifa del 5% sobre los ingresos brutos totales por ventas o prestación de servicios que obtenga el contribuyente en cada mes calendario, debiendo entregar la constancia de retención respectiva. Debe realizar una declaración jurada y presentarla a la SAT dentro del plazo de quince días del mes inmediato siguiente al que se efectuó el pago.
De no efectuarse la retención, el contribuyente debe pagar el impuesto dentro del mes calendario siguiente al vencimiento de cada período mensual, a través de declaración jurada simplificada, independientemente que realice o no actividades que le hubiesen retenido la totalidad del impuesto en la fuente durante el período correspondiente.
| Lunes | 08:00 - 18:00 |
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