30/12/2025
🔶 ATENCIÓN 🔶
Desde el 01 de enero del 2026:
🚨 Las facturas electrónicas se emiten y transmiten de manera inmediata.
❌ Las facturas a consumidor final una vez emitidas y transmitidas al SRI no podrán ser anuladas.
⚠️ Se elimina el plazo de 4 días para transmisión al SRI.
🛑 Las retenciones deben tener la misma fecha de emisión y transmisión.