21/01/2026
Auditores Confitri SA
Contables Financieros & Tributarios. Contamos con un equipo de profesionales de primer nivel con amp
21/01/2026
02/12/2025
06/08/2025
📢 ¡Atención trabajadores de la Sierra y Amazonía!
🗓️ 15 de agosto es la fecha límite para el pago del Décimo Cuarto Sueldo.
💰 Este beneficio equivale a una Remuneración Básica Unificada (RBU), es decir, $470 en 2025.
📍 Aplica para todos quienes hayan trabajado entre el 1 de agosto de 2024 y el 31 de julio de 2025.
✅ Recuerda:
Si solicitaste recibirlo mensual, no se paga de forma acumulada.
Si no lo solicitaste, tu empleador debe pagarlo completo hasta el 15 de agosto.
⚖️ Base legal: Arts. 113 al 115 del Código del Trabajo.
📌 ¡Conoce tus derechos y evita retrasos!
04/08/2025
🔔 ¡Atención contribuyentes! 🔔
No dejes pasar tus obligaciones de agosto 2025 🗓️
Mantente al día y evita sanciones cumpliendo con los siguientes compromisos:
📌 SRI
✅ Declaraciones mensuales:
IVA (Formulario 104)
Retenciones en la fuente (Formulario 103)
ICE (Formulario 105)
ISD (Formulario 109)
✅ Anexos:
Notarios y ATS correspondientes a junio 2025
📌 Ministerio de Trabajo
✅ Pago de la Décimacuarta remuneración en la Sierra y Amazonía hasta el 15 de agosto
📌 IESS
✅ Pago de aportes patronales correspondientes a julio 2025
📌 Superintendencia de Compañías y Bancos
✅ Presentación del reporte de ventas a crédito
📌 Municipio de Quito
✅ Declaración y pago de patente municipal
📌 AMT Quito
✅ Revisión técnica y matriculación vehicular para placas terminadas en 7
📣 ¡Evita multas y recargos!
📲 Para más información, visita nuestra página web o contáctanos.
31/07/2025
POR FAVOR CONSIDERAR EL NUEVO CAMBIO.
- Las notas de crédito *ya no tiene plazo de emisión*.
- El plazo de transmisión sigue siendo de *4 días hábiles hasta diciembre 2025*
- Los comprobantes electrónicos se pueden anular *hasta el 7 del mes siguiente*. 🚨🔍🇪🇨📂
31/07/2025
📢 ¡Atención contribuyentes!
A partir del 1 de agosto de 2025, entran en vigencia importantes cambios según la Resolución 17 del SRI. Te compartimos un resumen clave:
✅ Plazo de anulación se reduce hasta el día 7 del mes siguiente.
✅ Ya no se requerirá aceptación del receptor en casos específicos (fallecidos o del exterior).
✅ Notas de crédito solo en casos permitidos por el Reglamento.
✅ El SRI podrá anular de oficio comprobantes “consumidor final”.
✅ Los nuevos plazos se aplican para comprobantes emitidos desde el 01/08/2025 y ciertos aspectos desde el 01/01/2026.
📌 ¡Mantente informado y evita sanciones!
29/07/2025
🚨 ¡ATENCIÓN! CAMBIOS URGENTES EN FACTURACIÓN ELECTRÓNICA DESDE EL 1 DE AGOSTO DE 2025 🚨
El SRI ha emitido la Resolución NAC-DGERCGC25-00000014 con modificaciones clave que debes conocer:
Anulación de comprobantes: Máximo hasta el día 10 del mes siguiente. Después, solo con nota de crédito.
Notas de crédito: Límite de 12 meses para su emisión.
¡Facturas a Consumidor Final NO se anulan! Una vez emitidas, son definitivas.
TRANSMISIÓN INMEDIATA: ¡Se elimina el plazo de 4 días! Los comprobantes deben enviarse al SRI al momento de su generación.
Receptor: Tienes 5 días hábiles para aceptar/rechazar anulaciones.
¡Prepara tu negocio! Estos cambios son obligatorios.
24/07/2025
🚨 ¡ATENCIÓN CONTRIBUYENTES! 🚨
¡Ampliación de plazos para declaraciones de JULIO 2025!
RUC terminado en 2: Hasta el 23 de julio de 2025
RUC terminado en 3: Hasta el 25 de julio de 2025
Presenta sin intereses ni multas gracias a esta extensión ÚNICA del SRI. ¡No pierdas esta oportunidad!
23/07/2025
📢 ¡Atención contribuyentes!
🔍 El SRI detectó inconsistencias en las declaraciones de Impuesto a la Renta de más de 9.000 personas, tras cruzar datos con el sistema financiero.
Entre los principales hallazgos están:
✅ Acreditaciones bancarias no declaradas
✅ Pagos con tarjetas de crédito omitidos
✅ Actividades económicas no registradas en el RUC
✅ Ingresos por plataformas digitales no reportados
💡 Si fuiste notificado, revisa y justifica las diferencias para evitar sanciones o procesos por defraudación tributaria.
📌 En Confitri te ayudamos a regularizar tu situación tributaria. ¡Contáctanos!
17/07/2025
🔒 ¡La estabilidad laboral está garantizada! ♿️
Las personas con discapacidad tienen derecho a una protección especial en el trabajo y no pueden ser despedidas sin una justa causa.
📌 Si ocurre un despido injustificado, el empleador deberá:
✅ Pagar 18 meses de indemnización adicional.
✅ Cancelar la indemnización legal correspondiente.
✅ Reincorporar al trabajador si así lo solicita.
⚠️ También aplica en casos de despido masivo o supresión de puestos, cuando:
✔️ El trabajador tiene una discapacidad.
✔️ Tiene bajo su cuidado a un familiar con discapacidad.
👥 Incluso los contratos ocasionales en el sector público mayores a 1 año están protegidos.
Este derecho promueve la inclusión y equidad laboral.
📚 Ley Orgánica de las Personas con Discapacidad, Art. 56
15/07/2025
🔴 ¡ATENCIÓN EMPLEADORES! 🔴
Evita sanciones innecesarias por incumplimientos laborales. El Ministerio de Trabajo impone multas económicas por no registrar a tiempo contratos, actas de finiquito, décimos, utilidades y otros requisitos legales.
📌 Algunas sanciones:
✅ No registrar contrato de trabajo: $50
✅ Registro tardío: $25
✅ No registrar acta de finiquito: $200
✅ No registrar décimos o utilidades: $200
✅ No cumplir inclusión de personas con discapacidad: ¡Hasta 10 SBU!
💡 Recuerda: ¡Las multas pueden acumularse hasta un máximo de 20 SBU!
📄 Acuerdo Ministerial MDT-2023-140
📞 En CONFITRI S.A. te asesoramos para mantener tu empresa al día con la normativa laboral.
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