10/02/2024
Máximo gastos personales 2023 que se declaran en el 2024. Fuente:SRI.
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Rocío Viñan Chávez - Ing. Mfpc Christian Martillo Aviles
10/02/2024
Máximo gastos personales 2023 que se declaran en el 2024. Fuente:SRI.
10/02/2024
Atención!
15/01/2024
Ya puedes pagar el impuesto vehicular.
22/02/2023
Atención! Personas Naturales Régimen RIMPE, considerar esto al momento de liquidar su impuesto a la Renta del periodo 2022.
05/01/2023
06/02/2021
Nuevas fechas de vencimiento para anexo de gastos personales.
21/01/2021
Ampliación plazo para declaraciones.
11/01/2021
Proyección Gastos Personales 2021
Buenos días estimados amigos, sabían que de acuerdo al Art. 10 de la Ley de Régimen Tributario Interno, En general, con el propósito de determinar la base imponible sujeta a este impuesto se deducirán los gastos e inversiones que se efectúen con el propósito de obtener, mantener y mejorar los ingresos de fuente ecuatoriana que no estén exentos.
En concordancia con el Art. 27 de Reglamento para la aplicación de la Ley de Régimen Tributario Interno, En general, son deducibles todos los costos y gastos necesarios, causados en el ejercicio económico, directamente vinculados con la realización de cualquier actividad económica y que fueren efectuados con el propósito de obtener, mantener y mejorar rentas gravadas con impuesto a la renta y no exentas; y, que de acuerdo con la normativa vigente se encuentren debidamente sustentados en comprobantes de venta.
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¿Sabes quiénes deben presentar el Impuesto a la Renta?
La declaración de Impuesto a la Renta es obligatoria para todas las personas naturales, las sucesiones indivisas y las sociedades, nacionales o extranjeras, domiciliadas o no en el país, conforme los resultados de su actividad económica; aún cuando la totalidad de sus rentas estén constituidas por ingresos exentos, a excepción de:
1) Los contribuyentes domiciliados en el exterior, que no tengan representante en el país y que exclusivamente tengan ingresos sujetos a retención en la fuente.
2) Las personas naturales cuyos ingresos brutos durante el ejercicio fiscal no excedieren de la fracción básica no gravada.
La normativa tributaria define a estos contribuyentes como "sujetos pasivos".
Base legal:
Artículos 4 y 98 Ley Orgánica de Régimen Tributario Interno en concordancia con el Artículo 2 del Reglamento para la aplicación Ley de Régimen Tributario Interno.
Saludos!