Estimado(a) cliente:
Por este medio le recordamos la obligación legal de inscribir un correo electrónico oficial ante el Registro Nacional para todas las personas jurídicas (sociedades) en Costa Rica.
Este requisito se establece conforme a lo dispuesto en la Ley N.° 9485 – Reforma al Código Procesal Civil, así como en los lineamientos emitidos por el Registro Nacional, los cuales buscan modernizar y agilizar las notificaciones legales y administrativas.
📌 Fecha límite para cumplir con esta obligación:
🗓️ 30 de abril de 2026
Es importante tener en cuenta que:
El correo electrónico registrado será el medio oficial para recibir notificaciones legales.
La omisión de este registro puede generar sanciones, limitaciones en trámites registrales y posibles afectaciones legales.
🔎 Recomendación:
Si su sociedad aún no ha realizado este trámite, le recomendamos gestionarlo a la mayor brevedad posible.
Quedamos a su disposición para apoyarle con el proceso y asegurar el cumplimiento oportuno de esta obligación.
Soluciones del Pacifico
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Parrita
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