Despacho Contable Dodero

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22/04/2026

☑️ La declaración de sociedades inactivas en Costa Rica sigue siendo una obligación formal clave para las personas jurídicas que no realizan actividad lucrativa. Aunque una sociedad no facture, no venda y no genere ingresos operativos, puede estar obligada a reportar su situación patrimonial ante la Administración Tributaria mediante la Informativa de Personas Jurídicas Inactivas, presentada en TRIBU-CR.

Presente su declaración a tiempo y evite sanciones.

21/04/2026

¿Quiénes son los obligados a la presentación del RTBF ?

✅ Personas jurídicas: Sociedades anónimas (SA), sociedades de responsabilidad limitada (SRL), sociedades en nombre colectivo, entre otras.
✅ Estructuras jurídicas: Fideicomisos privados, administradores de recursos de terceros, y filiales extranjeras de organizaciones sin fines de lucro.
✅ Organizaciones sin fines de lucro: Asociaciones, asociaciones solidaristas, cooperativas y mutuales.
✅ Empresas públicas: Empresas públicas estatales, no estatales y entes públicos no estatales que tengan capital privado o mixto.

🚨 Evite multas y sanciones, realice su presentación a tiempo.
Contactenos: 7080 4411

20/03/2026

Le asesoramos y brindamos el servicio de presentación de su declaración.
Evite pagar multas.
📲 7080 4411

19/03/2026

🚨 Atención Personas Jurídicas Inactivas.

18/03/2026

¿ Que Sociedades deben cancelar este impuesto ?
Todas las sociedades mercantiles y subsidiarias de una sociedad extranjera inscritas en la Sección Mercantil del Registro Público de la Propiedad, paguen sin recargo e intereses el impuesto del timbre de educación y cultura (TEC).

04/03/2026
02/02/2026

La presentación de planillas ante la CCSS es obligatoria para todos los patronos (físicos o jurídicos) que tengan trabajadores contratados, con el fin de reportar salarios y cargas sociales.

📲 7080 4411

29/01/2026

Presente sus obligaciones a tiempo y evite pagar multas y sanciones.

Contáctenos
¡Nosotros le asesoramos!

29/01/2026

DESPACHO CONTABLE DODERO 7080 4411

21/01/2026

El impuesto a las personas jurídicas es una obligación que deben cumplir todas las sociedades activas e inactivas en el mes de enero de cada año ante el Ministerio de Hacienda. El monto del impuesto varía dependiendo de si la sociedad es activa o inactiva y el monto de renta bruta que reporta.
🚨Cancele a tiempo y evite pagar intereses por mora y multas.

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