05/04/2014
Presentaron un nuevo modelo de expensas para los consorcios de la ciudad
El jefe de Gabinete porteño y el secretario general de Suterh detallaron cómo deberán presentar la liquidación los administradores; es para transparentar los gastos; regirá desde junio
16/09/2013
Comparto artículo de la revista Ohlala por Verónica de Martini
Consorcio infernal: convivir con los vecinos no es fácil
Los edificios se convierten en minivecindarios, con más áreas comunes y más razones para cruzarse. No es fácil, así que respirá hondo y sabé que no sos la única que pide auxilio
22/08/2013
¿Y la gente? - Dra. Rita L. Sessa.
Los brasileños cuando dicen “la gente” quieren significar “nosotros”.
En nuestra amada Argentina qué queremos significar cuando decimos “la gente”? Podemos significar muchas cosas.
Según el diccionario “gente” es la reunión de varias personas. Sin embargo, para algunas personas carece de toda significación concreta.
En cuanto a la propiedad horizontal considero que “la gente” son todos los actores del sistema, es decir propietarios, inquilinos, encargados y administradores.
Es evidente que la mayoría de esa “gente” –numéricamente hablando – no la constituyen ni los trabajadores del sector, ni los administradores.
La mayoría de “la gente” en el régimen de horizontalidad argentino, la constituye los propietarios. Los mismos habitan un inmueble que resulta ser el consorcio, persona jurídica que no es una empresa ni genera ganancias, aunque resulte empleadora.
Sin embargo, la mayoría de “la gente” no es escuchada y los actores minoritarios son los que deciden. Los encargados agremiados y los administradores agrupados constituyen poderosas corporaciones que diseñan obligaciones que deben pagar los actores mayoritarios: “la gente”.
Con el mayor respeto hacia los trabajadores, vemos que se deciden no sólo aumentos de sueldos –que son razonables frente a los vaivenes económicos existentes– sino también aumentos en las cotizaciones gremiales, como se puede observar en el CCT 589/2010 (versión 2013) y también aumentos en horas y días libres al personal, es decir sin descuento de haberes (“hasta cinco (5) permisos especiales por año calendario y sin descuento de haberes a los trabajadores/as que fueren convocados por la FATERYH para participar en eventos de capacitación, culturales o sociales” y también “Si el trabajador/a realiza acciones de capacitación que resulten inherentes a su actividad y en los centros de formación de la FATERYH o de sus sindicatos adheridos, tendrá derecho a un total de 40 horas anuales sin descuento alguno en la remuneración para el desarrollo de las mismas”).
Seguramente eso incide en el ánimo de “la gente” para disponer el alquiler de las viviendas de encargados y a contratar empresas de limpieza que cubran las tareas de estos trabajadores, seguramente ajenos a la voracidad de estas corporaciones, las cuales terminan dañando su fuente de trabajo.
Se podrá comenzar a pensar en serio en “la gente”? Confío.