18/01/2025
Se aprueba el Reglamento de la Ley No. 31962 con Decreto Supremo N° 259-2024-EF, que estableció un Nuevo procedimiento para el cálculo de intereses moratorios.- Desde el 1 de enero de 2024, los intereses moratorios de las multas se calculan según lo dispuesto en el artículo 1244° del Código Civil, desde la fecha de su notificación.
El 14 de diciembre de 2024, se ha publicado el Decreto Supremo No. 259-2024-EF que establece el procedimiento para el referido cálculo, en los términos siguientes:
Se tomará como referencia la tasa de interés legal efectiva en moneda nacional que establece el Banco Central de Reserva y que publica la SBS en su sede digital.
El factor que se aplicará sobre el monto impago de la multa será el obtenido por la fórmula detallada en la norma.
El nuevo método de cálculo se aplicará, en cualquier caso, a partir del 1 de enero de 2024.
La norma contiene una disposición referida a la aplicación de intereses moratorios por infracciones cometidas antes del 1 de enero de 2024 y no pagadas a dicha fecha, en función a lo siguiente:
Las infracciones cometidas antes del 1 de enero de 2024, cuya multa haya sido notificada antes de dicha fecha, serán actualizadas aplicando la Tasa de Interés Moratorio (TIM) hasta el 31 de diciembre de 2023, aplicándose luego la tasa de interés legal desde dicha fecha.
Las infracciones cometidas antes del 1 de enero de 2024, cuya multa haya sido notificada después de dicha fecha, serán actualizadas aplicando la Tasa de Interés Moratorio (TIM) hasta el 31 de diciembre de 2023, aplicándose luego la tasa de interés legal pero solo desde la fecha de notificación de la multa.