Guía Tributaria MX

Guía Tributaria MX

Share

Tus Aliados Fiscales

01/08/2026

📢 ¡ÚNETE A NUESTRO EQUIPO! 💼✨
​En GUÍA TRIBUTARIA S.C. estamos en búsqueda de un Contador Público proactivo y apasionado por el área contable y fiscal para integrarse a nuestra firma.

​📌 ¿Qué perfil buscamos?
​Escolaridad: Licenciatura en Contaduría.
​Experiencia: Solidez en despachos contables y contabilidad general.
​Conocimientos fiscales: Manejo de impuestos (DIOT, SUA, IDSE, Declaraciones).
​Herramientas: Excel, Control 2000 y Contpaq Nóminas.
​Aptitudes: Capacidad de análisis, trabajo en equipo y enfoque a resultados.

​📍 Información de la vacante:
​Zona de trabajo: Los Laguitos, Tuxtla Gutiérrez, Chis.
​📲 ¿Interesado(a) o conoces a alguien ideal para la vacante?
Envíanos tu información o contáctanos directamente vía WhatsApp:
👉 985 309 9450
​¡Etiqueta a tu colega contador o comparte esta publicación! 👥👇

19/07/2026

En Guía Tributaria S.C. ponemos en orden tu contabilidad y te brindamos asesoría fiscal estratégica. Atendemos a personas físicas y empresas con soluciones claras y personalizadas.
​¡Deja tus finanzas en manos de expertos y protege tu patrimonio! 📈✨

​📩 ¡Contáctanos hoy mismo para una asesoría!

31/01/2026

Nueva facultad de comprobación fiscal a partir de 2026

🏠 ¿En qué consiste?
Se implementa una visita domiciliaria específica para revisar la materialidad de las operaciones respaldadas con CFDI, cuando la autoridad presuma que éstos amparan actos simulados o inexistentes.

Esta nueva facultad se sustenta en los artículos del Código Fiscal de la Federación:
📌 Artículo 29-A, fracción IX
📌 Artículo 42, fracción V, inciso g)
📌 Artículo 49 Bis

Estos preceptos facultan a la autoridad para verificar que los comprobantes fiscales correspondan a operaciones reales y para llevar a cabo visitas con este fin.

⏳ Plazos del procedimiento
La visita deberá concluir en un máximo de 24 días hábiles.
El contribuyente tendrá 5 días hábiles para aportar pruebas y desvirtuar la presunción.
La autoridad contará con 15 días hábiles para emitir la resolución
⚠️ Durante la visita, la autoridad podrá:

✔ Suspender temporalmente la emisión de CFDI
✔ Practicar diligencias en domicilios, sucursales, bodegas o lugares donde se realicen actividades
✔ Tomar fotografías, audios y video
✔ Levantar actas circunstanciadas de hechos u omisiones detectadas

🚨 Si no se desvirtúa la presunción:

❌ Los CFDI se considerarán falsos
❌ Las operaciones se tendrán por inexistentes para efectos fiscales
❌ Se podrá cancelar el Certificado de Sello Digital (CSD)
❌ El nombre y RFC del contribuyente se publicarán en el portal del SAT y en el DOF.

📌 La autoridad ahora no solo revisa papeles: revisa la realidad de las operaciones. La prevención documental se vuelve una estrategia clave de cumplimiento. Con las nuevas facultades de comprobación, la autoridad ya no solo revisa CFDI: revisa la materialidad y realidad de las operaciones.

20/04/2025

OFERTA DE EMPLEO: AUXILIAR ADMINISTRATIVO-CONTABLE
ENVIA TU CV PARA POSTULARTE

20/04/2025

OFERTA DE EMPLEO: LAE o CONTADOR PUBLICO
ENVIA TU CV PARA POSTULARTE

27/03/2025

🤣

12/03/2025

Yo imaginando que el SAT me regresa 30K en mi declaración anual.

Want your business to be the top-listed Accountant?

Website