26/05/2026
Feliz día a todos nuestros colegas contadores, mucho éxito a todos. 😎
Ayudamos a personas y negocios con declaraciones SAT, devoluciones de saldo a favor, facturación y asesoría fiscal.
Atención presencial en Tampico y en línea en todo México.
26/05/2026
Feliz día a todos nuestros colegas contadores, mucho éxito a todos. 😎
18/04/2026
📞 Si necesitas apoyo con tu declaración anual, contáctanos.
📱 833 119 1825 | 833 208 6487
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18/03/2026
1. Mito: “Si presento mi declaración anual, el SAT siempre me devuelve dinero”
✅ Realidad:
La devolución solo ocurre cuando existe saldo a favor, es decir, cuando el ISR retenido por el patrón fue mayor al que realmente correspondía pagar. Si el cálculo final no genera saldo a favor, no habrá devolución.
2. Mito: “Solo los trabajadores independientes pueden deducir gastos”
✅ Realidad:
Los asalariados sí pueden aplicar deducciones personales, como:
Gastos médicos, dentales y hospitalarios
Colegiaturas
Intereses reales de crédito hipotecario
Donativos
Aportaciones voluntarias a la AFORE
Estas deducciones pueden generar saldo a favor.
3. Mito: “Si gano poco, no vale la pena declarar”
✅ Realidad:
Incluso con ingresos bajos se puede generar devolución si existen deducciones personales o si el patrón retuvo ISR de más.
4. Mito: “El SAT ya precarga todo, no tengo que revisar nada”
✅ Realidad:
La información precargada es solo una referencia inicial.
Si una factura está mal emitida o no aparece en el sistema, no se aplicará automáticamente y podrías perder deducciones.
5. Mito: “Si mi empresa ya hizo el cálculo anual, no debo presentar declaración”
✅ Realidad:
Aunque el patrón haya realizado el cálculo anual, el trabajador puede presentar declaración para aplicar deducciones personales y obtener devolución.
6. Mito: “Si mi patrón no pagó el ISR retenido, no me devolverán nada”
✅ Realidad:
Existe un criterio judicial que establece que el trabajador tiene derecho a su devolución, incluso si el patrón no enteró las retenciones al SAT.
7. Mito: “La devolución del SAT tarda meses o nunca llega”
✅ Realidad:
Si todo está correcto, el SAT puede devolver el saldo a favor en un plazo de hasta 40 días hábiles mediante devolución automática.
💡 Dato interesante:
Se estima que 8 de cada 10 contribuyentes tienen saldo a favor y no lo reclaman, principalmente por desconocimiento o miedo a declarar.
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08/03/2026
🚨 5 multas del SAT que miles de contribuyentes están pagando en 2026… sin saberlo
Muchos negocios y trabajadores independientes reciben multas del SAT simplemente por desconocimiento de sus obligaciones fiscales. Estas son algunas de las más comunes:
⚠️ 1. No presentar declaraciones en ceros
Aunque no hayas tenido ingresos, debes presentar tu declaración.
📚 Fundamento: Art. 81 fracción I y Art. 82 fracción I del Código Fiscal de la Federación.
📑 2. No actualizar tus obligaciones fiscales
Cambiar de actividad o régimen y no avisar al SAT puede generar sanciones.
📚 Fundamento: Art. 27 del Código Fiscal de la Federación.
💳 3. Diferencias entre ingresos facturados y depósitos bancarios
El SAT cruza información automáticamente y puede presumir ingresos no declarados.
📚 Fundamento: Art. 59 fracción III del Código Fiscal de la Federación y Art. 91 de la Ley del Impuesto sobre la Renta.
🧾 4. Cancelar facturas fuera de tiempo
Los CFDI tienen reglas específicas para su cancelación.
📚 Fundamento: Art. 29 y 29-A del Código Fiscal de la Federación.
📂 5. No activar o revisar el Buzón Tributario
Ignorar las notificaciones del SAT también puede generar multas.
📚 Fundamento: Art. 17-K del Código Fiscal de la Federación.
💡 Evitar estas multas es más fácil de lo que parece si llevas una correcta asesoría contable.
📞 Asesoría Contable
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05/03/2026
Evita ser sujeto a una auditoría o a diligencias de cobro por parte del IMSS que puede incluso llevarte al congelamiento de tus cuentas bancarias o a suspender tus sellos de facturación.
📲 Escríbenos y con gusto te asesoramos.
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04/03/2026
¿Sabías que puedes pagar menos impuestos aprovechando tus deducciones? 🤔
En GCM Asesoría Contable y Fiscal te ayudamos paso a paso para que no dejes pasar ningún beneficio.
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28/02/2026
Aquí en México normalmente las declaraciones de impuestos se deben presentar a más tardar el día 17 del mes inmediato posterior, por ejemplo a más tardar el 17 de marzo de 2026 hay que presentar las declaraciones de febrero, sin embargo existe un beneficio para poder extender dicho plazo dependiendo del 6to dígito número del RFC, es decir si mi RFC es MAGD971013 # # # de acuerdo a lo que dice la rtabla que les compartimos tendríamos a más tardar el día 19 para poder presentar nuestras declaración sin recargos tomando en cuenta exclusivamente días hábiles.
Para mejor aclaración dependiendo de tu situación contáctanos 📥📧 [email protected]
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27/02/2026
Si eres persona física y tus ingresos son de menos de $3,500,000.00 al año puedes elegir estar en resico, pero cuales son las ventajas y desventajas? 🤔
✔️Ventajas:
- pagar solo una tasa de ISR entre el 1% y el 2.5%
- menor carga administrativa
👎🏽Desventajas:
-Si tienes muchos gastos que pueden ser deducibles no puedes optar por solicitar devolución anual de ISR.
-Debes cuidar no sobrepasar el límite de tus ingresos .
En conclusión decides de acuerdo a tus necesidades en qué régimen te conviene estar, si tienes dudas nosotros te asesoramos para tomar la mejor decisión.
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26/02/2026
Te compartimos estos tips muy importantes 🤓