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📢 YA ESTÁS LISTO PARA PRESENTAR TU ANUAL📢Este mes de abril es el plazo para presentar la declaración anual de Personas F...
27/03/2025

📢 YA ESTÁS LISTO PARA PRESENTAR TU ANUAL📢

Este mes de abril es el plazo para presentar la declaración anual de Personas Físicas. Si necesitas ayuda para revisar si tu saldo es a favor o si tienes que pagar, puedo apoyarte con el trámite.

Requisitos:
🔹Contar con FIEL y/o contraseña de acceso al SAT.
🔹CLABE interbancaria (Para recibir tu saldo a favor)

No te dejes engañar por los que te cobran $50-$100, ni los que te cobran depende si sale a pagar o a favor‼️ Aquí te doy un precio fijo por el servicio😌

Si necesitas asesoría o tienes alguna duda, no dudes en preguntar. Estoy aquí para ayudarte.

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Este mes de abril es el plazo para presentar la declaración anual de Personas Físicas. Es fundamental enviarla con tiemp...
27/03/2025

Este mes de abril es el plazo para presentar la declaración anual de Personas Físicas. Es fundamental enviarla con tiempo para evitar contratiempos y sanciones.

Puedes obtener saldo a favor y solicitar tu devolución👀‼️🤑

Si necesitas asesoría o tienes alguna duda, no dudes en preguntar. Estoy aquí para ayudarte.

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La declaración anual para personas físicas ya esta cerca, conoce quienes están obligados a presentarla.👩🏻‍💻📣¿Cuando se p...
27/03/2025

La declaración anual para personas físicas ya esta cerca, conoce quienes están obligados a presentarla.👩🏻‍💻📣

¿Cuando se presenta?
🔹Del 01 de abril al 30 de abril del año 2025, podrás presentar tu declaración anual correspondiente al ejercicio 2024.

¿Quienes están obligados a presentarla?
🔹Si obtuviste ingresos mayores a $400,000.00 pesos en el año.
🔹Si tuviste más de dos patrones durante el año.

¿Que necesito para presentar mi declaración?
Deberas contar con tu RFC y contraseña, en caso de obtener saldo a favor en ocasiones necesitarás contar con tu E.Firma para enviar tu declaración.

🏠En caso de estar pagando un crédito Infonavit recuerda tener a la mano tu constancia de intereses, para incluir correctamente los intereses pagados del mismo.

🔹DATO INFORMATIVO👀
Sin haber tenido ingresos mayores a $400,000.00 pesos y no haber laborado para dos patrones, de igual forma puedes presentar tu declaración anual para conocer si tuviste saldo a favor correspondiente al ejercicio del 2024.👩🏻‍💼💲

No dudes en contactarme‼️

Si necesitas asesoría o tienes alguna duda, no dudes en preguntar. Estoy aquí para ayudarte‼️

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SAT 2025: estos son los gastos deducibles que te ayudarán a pagar menos impuestosEl Servicio de Administración Tributar...
19/03/2025

SAT 2025: estos son los gastos deducibles que te ayudarán a pagar menos impuestos

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) en México ofrece a los contribuyentes la oportunidad de reducir el pago de impuestos mediante las deducciones personales. Con las modificaciones fiscales para 2025, conocer y aprovechar los gastos deducibles es clave para optimizar tu declaración anual y, en muchos casos, obtener un saldo a favor.

¿Qué son las deducciones personales?
Las deducciones personales son aquellos gastos que puedes restar de tus ingresos acumulables al calcular el Impuesto Sobre la Renta (ISR). En 2025, los gastos deducibles incluyen tanto gastos personales como profesionales, siempre y cuando estén debidamente comprobados y se cumpla con los requisitos establecidos por el SAT.

Aprovechar estas deducciones no solo te permite reducir tu carga fiscal, sino también asegura el cumplimiento con las normativas vigentes.

Gastos deducibles más comunes en 2025

•Salud: los gastos relacionados con la salud son una de las deducciones más importantes. Puedes deducir honorarios médicos, dentales, psicológicos y nutricionales siempre que los servicios sean proporcionados por profesionales con título oficial. También se incluyen gastos hospitalarios, medicinas relacionadas con el tratamiento, análisis clínicos y estudios de laboratorio.

Además, las primas de seguros médicos privados, tanto de gastos médicos como complementarios, son deducibles. Es importante que los pagos se realicen mediante cheque nominativo, transferencia electrónica o tarjetas de crédito/débito.

•Educación: las colegiaturas pagadas en instituciones educativas privadas con validez oficial de estudios son deducibles. Esto incluye niveles desde preescolar hasta bachillerato. Sin embargo, existen límites anuales de deducción por nivel educativo: Preescolar: hasta 14 mil 200 pesos Primaria: hasta 12 mil 900 pesos Secundaria: hasta 19 mil 900 pesos Profesional técnico: hasta 17 mil 100 pesos Bachillerato: hasta 24 mil 500 pesos. Es importante recordar que las cuotas de inscripción o reinscripción no son deducibles y que el transporte escolar solo es deducible si es obligatorio.

•Gastos funerarios: en caso de fallecimiento de tu cónyuge, concubino/a, padres, abuelos, hijos o nietos, los gastos funerarios son deducibles. A diferencia de otros gastos, no es necesario que se realicen con métodos de pago específicos, pero es indispensable contar con la factura correspondiente.

•Intereses por créditos hipotecarios: si tienes un crédito hipotecario para la compra de una vivienda propia, puedes deducir los intereses reales devengados y efectivamente pagados. Esta deducción aplica tanto para créditos obtenidos a través del sistema financiero, INFONAVIT, FOVISSSTE, entre otros, siempre y cuando el monto del crédito no exceda las 750 mil unidades de inversión (UMA).

•Donativos: los donativos realizados a instituciones autorizadas para recibirlos también son deducibles, con un límite que no puede exceder el 7 por ciento de tus ingresos acumulables. Estos donativos deben ser otorgados de manera altruista, sin esperar ningún servicio o contraprestación.

•Aportaciones complementarias de retiro: las aportaciones voluntarias que realices a tu Afore también son deducibles. Además, las aportaciones complementarias a tu subcuenta de aportaciones complementarias de retiro (para incrementar tus ahorros para el retiro) también reducen tu base gravable.

*Requisitos y consideraciones*
Para que estos gastos sean deducibles, es fundamental contar con la factura electrónica (CFDI) que cumpla con los requisitos del SAT. Además, recuerda que los pagos deben haberse realizado mediante transferencia electrónica, tarjeta de crédito/débito o cheque nominativo; los pagos en efectivo no son válidos para la deducción.

Es importante mencionar que el monto total de las deducciones personales no puede exceder de cinco Unidades de Medida y Actualización (UMA) anuales o del 15 por ciento total de tus ingresos, lo que resulte menor.

Conocer y aprovechar las deducciones personales ante el SAT en 2025 te permitirá optimizar tu declaración anual y, en muchos casos, obtener una devolución. No dejes pasar la oportunidad de reducir tu pago de impuestos aprovechando los beneficios fiscales que el SAT pone a tu disposición.

*LAS DEDUCCIONES PERSONALES QUE SE PRESENTAN AL SAT ESTE 2025*Viene abril y, con él, la temporada de presentar la declar...
19/03/2025

*LAS DEDUCCIONES PERSONALES QUE SE PRESENTAN AL SAT ESTE 2025*

Viene abril y, con él, la temporada de presentar la declaración anual de ISR al Servicio de Administración Tributaria (SAT) para las personas que realizan actividades económicas por su cuenta y las que trabajan en los sectores público y privado.

Presentar la declaración anual es una oportunidad para las personas físicas de informar los gastos personales deducibles al SAT, lo que sirve para disminuir la base gravable para calcular el pago del ISR, y puede derivar en saldos a favor, es decir, que el fisco les devuelva dinero.

Este abril de 2025 toca presentar la declaración correspondiente al ejercicio fiscal 2024 y son 10 los gastos personales que se pueden deducir divididos en cuatro tipos de gastos: por seguridad social, de asistencia social, relacionados al ahorro, y relacionados con la educación.

Las deducciones personales que más se reportan en México, y por los que el SAT desembolsa más por saldos a favor son cuatro: el pago de intereses reales de créditos hipotecarios, de honorarios médicos, de primas de seguros de gastos médicos y de colegiaturas, refiere el Informe de Renuncias Recaudatorias 2024 de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP).

 Para aplicar tus gastos deducibles considera que:

El límite global a las deducciones personales es equivalente a 15% de los ingresos brutos del contribuyente o 198,031.8 pesos (cinco UMAs anuales de 2024). Solo aplica un límite y es el que resulte menor de las dos opciones.

Este límite global excluye los pagos por colegiaturas a las cuales aplica cierta cantidad por grado escolar.

Otros gastos que se excluyen de este límite global son: las aportaciones complementarias de retiro, aquellas a planes personales de retiro contratados de manera individual o colectiva o a la subcuenta de aportaciones voluntarias, los depósitos en las cuentas especiales para el ahorro; así como las primas de contratos de seguros de planes de pensiones y acciones de sociedades de inversión y los honorarios y gastos médicos por discapacidad e incapacidad.

Para que estos gastos deducibles apliquen debiste haberlos facturado en el transcurso de 2024. Y haberlos pagado con transferencia, tarjeta o cheque.

¿Cómo checo mis deducciones personales?

Puedes revisar cuáles gastos que son deducibles están ya precargados en tu declaración anual 2024, a través del Visor de deducciones personales del SAT. Desde el sitio del SAT accedes a la sección de Trámites y servicios, después en Declaraciones para personas se da clic, este lleva a otro submenú donde dice Visores, y ahí se encuentra el Visor de deducciones personales. Para entrar necesitas tu contraseña o e-firma, eliges el ejercicio que quieras consultar y da clic en Consultar.

Si tienes dudas o necesitas ayuda con la presentación y/o devolución de tu saldo, no dudes en contactarme 📩☎️

SAT Declaración Anual: ¿Cómo saber si tengo saldo a favor en 2025? La Declaración Anual es un trámite obligatorio que lo...
19/03/2025

SAT Declaración Anual: ¿Cómo saber si tengo saldo a favor en 2025?

La Declaración Anual es un trámite obligatorio que los contribuyentes en México realizan a más tardar el 31 de marzo PM y 30 de abril PF ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT) para reportar los ingresos, deducciones, retenciones y pagos de impuestos correspondientes al año fiscal anterior.

Cuando el contribuyente autodetermina saldo a favor de algún impuesto o por un pago de lo indebido, tiene el derecho de solicitar su devolución, para lo cual el SAT pone a disposición la presentación en línea del Formato Electrónico de Devolución, así como las facilidades de consultar su seguimiento.

El SAT explica que los contribuyentes tienen la posibilidad de solicitar la devolución de saldos a favor derivados del ISR. Los documentos originales deben ser actuales y contener el RFC y la CLABE para devoluciones. FOTO: Archivo… Este trámite permite a las PF ejercer su derecho a recuperar montos que les correspondan, siempre y cuando cumplan con los requisitos establecidos por la autoridad fiscal.

El SAT ofrece dos modalidades para llevar a cabo este trámite: en línea y de manera presencial.

En la modalidad en línea, deben ingresar al SAT utilizando su e.firma. Es importante destacar que, para este procedimiento, se recomienda utilizar el navegador Internet Explorer 10 o versiones superiores. Es obligatorio contar con la e.firma, para ingresar a la aplicación de Solicitud de Devolución. Así mismo deben presentar una serie de documentos en formato digitalizado, los cuales deben ser enviados en un archivo comprimido con extensión .zip. Entre los documentos indispensables se encuentran las constancias de retenciones con firma y sello del emisor, que acrediten las retenciones de ISR realizadas. Además, es necesario incluir documentación que compruebe el pago de impuestos en el extranjero, en caso de que aplique.

Para quienes perciban ingresos provenientes de copropiedades, se requiere un escrito que detalle la proporción de participación en la copropiedad, el nombre del representante común y una hoja de trabajo que muestre el cálculo de los ingresos correspondientes.

En el caso de ingresos derivados de fideicomisos, se debe adjuntar el contrato correspondiente, firmado por las partes involucradas, incluyendo al fideicomitente, fideicomisarios y representantes legales.

Otros documentos que pueden ser necesarios incluyen papeles de trabajo que acrediten el acreditamiento del Impuesto a los Depósitos en Efectivo (IDE), comprobantes fiscales y estados de cuenta que respalden la aplicación de deducciones personales, así como aquellos que demuestren la aplicación del Decreto por Servicios Educativos.

En caso de que se requiera presentar documentación adicional no mencionada en los puntos anteriores, esta también deberá ser digitalizada y enviada en el mismo formato comprimido.

¿Cuál es el proceso para solicitar al SAT la devolución si no tengo firma electrónica?

Por otro lado, quienes opten por realizar el trámite de manera presencial, deben acudir a las oficinas del SAT o a los Módulos de Servicios Tributarios que ofrezcan este servicio. En este caso, es indispensable programar una cita previa y presentar todos los documentos requeridos en formato digital.

Quienes soliciten devoluciones iguales o menores a diez mil pesos mexicanos y no cuenten con la e.firma, podrán realizar el trámite de manera presencial.

En cuanto a los remanentes de saldos a favor de ISR que no hayan sido compensados por los patrones, el SAT señala que estos se regirán por lo dispuesto en la ficha 13/CFF de la Solicitud de Devolución de cantidades a favor de otras Contribuciones, contenida en el Anexo 1-A de la Resolución Miscelánea Fiscal vigente.

Para quienes soliciten la devolución del saldo a favor del ISR en su declaración anual, el trámite deberá realizarse conforme a lo establecido en la regla 2.3.2. de la misma resolución.

Declaración Anual 2025: ¿Cuándo se habilita el simulador del SAT y en qué consiste?La declaración anual es uno de los tr...
19/03/2025

Declaración Anual 2025: ¿Cuándo se habilita el simulador del SAT y en qué consiste?

La declaración anual es uno de los trámites más importantes entorno al pago de impuestos, por lo que el Servicio de Administración Tributaria (SAT) ha avanzado en la simplificación de los procesos y la habilitación de herramientas para facilitar el ejercicio fiscal. Entre las nuevas herramientas está un simulador, con el cual los contribuyentes podrán calcular el pago de sus impuestos y previsualizar la información presentada en su declaración anual.

¿Cuándo se habilita el simulador del SAT para la Declaración Anual 2024?

De acuerdo con el SAT, las personas morales deberán presentar su declaración anual antes del 31 de marzo, mientras que las físicas tienen como fecha límite el 30 de abril.

Por lo que el simulador ya está disponible en el portal del organismo: https://www.sat.gob.mx/portal/public/tramites-y-servicios

Ajuste Inflacionario: ¿Cuáles son los créditos y las deudas? El ajuste anual por inflación es un mecanismo clave en el c...
19/03/2025

Ajuste Inflacionario: ¿Cuáles son los créditos y las deudas?

El ajuste anual por inflación es un mecanismo clave en el cálculo del Impuesto sobre la Renta (ISR) para personas morales en México, diseñado para neutralizar los efectos inflacionarios en la determinación de la base gravable. Su correcta aplicación requiere un análisis riguroso de los saldos promedio de créditos y deudas, así como de las exclusiones legales establecidas en los Artículos 45 y 46 de la Ley del ISR. A continuación, se aborda la metodología de cálculo, las exclusiones críticas y las implicaciones fiscales asociadas.

I. Metodología para el cálculo del saldo promedio

1.1 Definición y Fórmula Base
El saldo promedio anual se obtiene sumando los saldos al último día de cada mes del ejercicio fiscal, excluyendo los intereses devengados durante el mes.

La fórmula es: Saldo Promedio = %u2211 saldos al final de cada mes / 12

Ejemplo práctico:
Si una empresa tiene saldos mensuales de 100,000 enenero a noviembre y 100,000 en diciembre (sin intereses), el promedio sería: (11×100,000) 150,000 / 12 = 1,250,000 / 12 = 104,166.67

1.2 Consideraciones Clave
•Exclusión de intereses: Los intereses devengados en el mes no se incorporan al saldo del último día.
•Ejercicios irregulares: Si el ejercicio fiscal es menor a 12 meses (por inicio o cierre de operaciones), se divide entre el número de meses efectivos.

II. Tratamiento de créditos (Artículo 45 LISR)

2.1 Definición de Crédito
Se entiende como el derecho a recibir una cantidad en numerario. No obstante, existen exclusiones específicas:

2.2 Exclusiones Críticas
1. Créditos a cargo de personas físicas no empresariales:
•Excluidos si son a la vista, a plazo menor de un mes, o a plazo mayor pero cobrados antes de 30 días naturales.
•Excepción: Si el cobro ocurre después de 30 días naturales desde su concertación, se consideran a plazo mayor y son incluibles.
2. Créditos con socios, accionistas o fideicomisos:
•Excluidos si son a cargo de personas físicas o sociedades extranjeras, salvo que:
Estén denominados en moneda extranjera.
Deriven de exportaciones de bienes o servicios.
•Inclusión: Créditos otorgados por uniones de crédito a sus socios.
3. Créditos laborales y préstamos a terceros: Excluyen préstamos a empleados o aquellos regulados por el Artículo 27, Fracción VII (relacionados con previsión social).
4. Otros casos excluidos:
•Pagos provisionales de impuestos y estímulos fiscales.
•Instrumentos financieros que representen propiedad (acciones, certificados de participación).
•Efectivo en caja.

2.3 Caso de Estudio: Exportaciones y Moneda Extranjera
Un crédito a cargo de una subsidiaria extranjera por $500,000 USD por ventas de exportación sí se incluye en el cálculo, al cumplir con los requisitos del Artículo 45.

III. Tratamiento de deudas (Artículo 46 LISR)

3.1 Definición de Deuda
Cualquier obligación monetaria pendiente, incluyendo:
•Arrendamientos financieros.
•Operaciones financieras derivadas (Artículo 20, Fracción IX).
•Aportaciones para futuros aumentos de capital.
•Contribuciones causadas, pero no pagadas.

3.2 Exclusiones Relevantes
1. Deudas no deducibles:
•Aquellas vinculadas a partidas no deducibles bajo los artículos 28, fracciones I, VIII y IX (ej: multas, donativos excesivos).
•Deudas cuyos intereses excedan los límites de deducibilidad (Artículo 28, Fracción XXVII y ###II).
2. Tratamiento en ejercicios posteriores:
•Si intereses no deducibles en un ejercicio se deducen posteriormente, la deuda subyacente se incluye en el cálculo del ajuste en ese nuevo ejercicio.

3.3 Ejemplo de Exclusión por Límites de Deducibilidad
Una empresa tiene deudas por 10,000,000 MXN, pero sólo 8,000,000 generan intereses deducibles. Los $2,000,000 restantes se excluyen del cálculo del saldo promedio.

IV. Implicaciones fiscales y estrategias

4.1 Impacto en el Ajuste por Inflación
•Créditos en moneda extranjera: Deben convertirse a pesos usando el tipo de cambio del último día de cada mes (Artículo 44 LISR).
•Deudas indexadas a inflación: Ajustes por UDIS u otras unidades de valor deben reflejarse en los saldos mensuales.

4.2 Optimización y Cumplimiento
•Auditoría de exclusiones: Verificar que créditos con socios extranjeros cumplan requisitos de exportación y moneda.
•Documentación: Mantener registros detallados de fechas de concertación y cobro de créditos para justificar exclusiones.

V. Conclusiones

El ajuste anual por inflación requiere un análisis técnico y minucioso para evitar errores que deriven en recargos o multas. Las exclusiones en créditos y deudas, particularmente aquellas vinculadas a operaciones internacionales y socios, demandan atención especial debido a su complejidad jurídica. La correcta aplicación no solo asegura el cumplimiento, sino que también permite optimizar la carga fiscal mediante una planeación estratégica basada en los márgenes legales.

*Recomendación final*
Las empresas deben implementar sistemas de registro contable que segmenten automáticamente créditos y deudas excluibles, facilitando el cálculo del saldo promedio y reduciendo riesgos fiscales.

*Identificación de correos apócrifos supuestamente emitidos por el SAT*En los últimos días, contribuyentes han reportado...
19/03/2025

*Identificación de correos apócrifos supuestamente emitidos por el SAT*

En los últimos días, contribuyentes han reportado la recepción de correos electrónicos fraudulentos que aparentan provenir del Servicio de Administración Tributaria (SAT). Estos correos tienen como propósito engañar a los destinatarios para que descarguen archivos maliciosos que pueden comprometer la seguridad de su información y dispositivos. Dado que los defraudadores siempre están mejorando sus técnicas, es conveniente destacar este caso en particular que se ha presentado recientemente, y destacar los elementos que sugiere que se trata de un correo malicioso, y poder así tener mejores conocimientos de detección de fraudes.

Características de los correos apócrifos:

El contenido de estos mensajes suele estar diseñado para generar alarma en el contribuyente, sugiriendo que está bajo investigación o que tiene un requerimiento pendiente ante el SAT.

Indicadores de fraude:

Este tipo de correos presentan varios elementos que evidencian su falsedad:
1. No se dirige a una persona específica: Un correo oficial del SAT siempre menciona el nombre o el RFC del contribuyente al que va dirigido.
2. Dirección de correo sospechosa: No proviene de un dominio oficial del SAT (que siempre termina en 'gob.mx').
3. Uso de terminología incorrecta: El SAT no utiliza expresiones como 'corrupción o fraude' en sus notificaciones fiscales.
4. Invitación a descargar archivos desconocidos: Se incluye un enlace a 'satmexicodescarga.click', un dominio que no pertenece al gobierno de México.
5. Falta de firma de un funcionario: Las comunicaciones oficiales siempre están firmadas por un responsable identificado.
6. Errores en la presentación de documentos: El listado de documentos solicitados está mal estructurado.
7. Amenazas legales genéricas: El SAT notifica sanciones específicas conforme a normativas precisas, no de manera generalizada.

*Recomendaciones para evitar fraudes*

Para protegerse contra este tipo de fraudes, se recomienda:

•Verificar la autenticidad de los correos: Asegúrese de que provienen de un dominio oficial del SAT (.gob.mx).
•No descargar archivos ni hacer clic en enlaces sospechosos: Antes de acceder a cualquier enlace, valide su autenticidad visitando directamente el portal oficial del SAT.
•Consultar directamente con el SAT: Si recibe una notificación inusual, comuníquese con el SAT a través de sus canales oficiales.
•Actualizar el software de seguridad: Mantenga su antivirus y firewall actualizados para prevenir amenazas informáticas.
•Reportar correos fraudulentos: Enviar el correo sospechoso a [email protected] para que la autoridad lo investigue.

Los contribuyentes deben estar alerta ante estos intentos de fraude y tomar medidas preventivas para evitar pérdidas económicas o comprometer su información personal y fiscal. La mejor defensa es la información y la prevención.

Servicios Contables y Administrativos.Para personas físicas y morales..Reg gral de ley, Reg Act Emp y Prof, Reg SYS, Res...
18/03/2025

Servicios Contables y Administrativos.

Para personas físicas y morales..
Reg gral de ley, Reg Act Emp y Prof, Reg SYS, Resico, Plataformas, Arrendamiento, entre otros

• Facturación electrónica
• Calculó y Declaración de impuestos
• Declaración Anual PF y PM
• Actualización y seguimiento
• Orientación en finanzas y contabilidad
• Trámites ante SAT, padrones, plataformas, alta y registros
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