Llegó el momento de declarar renta, y en ALPA Auditores lo acompañamos de principio a fin.
Lo acompañamos con:
✅ Verificación de si está obligado a declarar
✅ Organización y revisión de sus soportes
✅ Aplicación de las deducciones y beneficios a los que tiene derecho
✅ Presentación oportuna ante la DIAN
📅 Año gravable 2025 — la temporada vence entre agosto y octubre.
Declarar con tiempo es declarar con tranquilidad.
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ALPA Auditores S.A.S. — Auditoría · Revisoría Fiscal · Consultoría Contable y Tributaria
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ALPA Auditores S.A.S
Profesionales con experiencia en Revisoría Fiscal, Auditoría y Asesoría Financiera y tributaria para tu empresa.
🚨Si su empresa reporta exógena del AG 2025, deténgase antes de transmitir.
La DIAN alista una resolución que corrige los formatos 2839 y 2840 y amplía plazos para 13 formatos, luego de que la Resolución 000012 de 2026 se publicara sin sus anexos técnicos. Un archivo estructurado sobre especificaciones inconsistentes deberá rehacerse.
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⏰ Quedan días para el cierre de la información exógena tributaria AG 2025.
El plazo para personas jurídicas y naturales (no grandes contribuyentes) cierra el 12 de junio de 2026, según el último dígito del NIT. La Resolución 000012 del 29 de abril de 2026 reajustó plazos y formatos: transmitir con prevalidador desactualizado o sin conciliar es la principal causa de sanciones evitables bajo el Art. 651 del Estatuto Tributario (hasta 7.500 UVT).
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🚨El Consejo de Estado decidió que el Decreto 572 de 2025 sigue vigente:
No se evidenció una ilegalidad clara en etapa preliminar; el análisis de fondo se hará en la sentencia, por lo que las normas sobre retención en la fuente y autorretención continúan aplicándose
En ALPA Auditores transformamos el cumplimiento en tranquilidad y mejores decisiones para tu empresa.
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03/06/2026
El Consejo de Estado decidió que el Decreto 572 de 2025 sigue vigente:
•❌ Negó la suspensión solicitada por la Fundación (no probó ilegalidad).
•✅ Revocó la suspensión que había frenado parcialmente el decreto.
👉 Conclusión:
No se evidenció una ilegalidad clara en etapa preliminar; el análisis de fondo se hará en la sentencia, por lo que las normas sobre retención en la fuente y autorretención continúan aplicándose
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